Preguntas sobre Reconocimiento de créditos
¿Qué se entiende por reconocimiento de créditos?
Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación por una Universidad de los créditos obtenidos en otros estudios oficiales, en la misma u otra Universidad, para que formen parte del expediente del o de la estudiante a efecto de obtener un título universitario oficial distinto del que proceden.
En todo caso, habrá de tenerse en cuenta la normativa propia de cada Universidad.
¿Cuáles son los diferentes procedimientos de reconocimiento de créditos?
Los procedimientos de reconocimiento de créditos en la ULPGC se recogen en la Resolución del Vicerrectorado competente que aprueba la instrucción de reconocimiento de créditos en titulaciones oficiales de Grado para cada curso académico y son los siguientes:
- Reconocimiento por adaptación entre títulos y/o planes oficiales ULPGC.
- Personas con el título de Diplomado/a o Ingeniero/a Técnico/a de la ordenación anterior obtenidos en la ULPGC que quieran adaptarse al Grado.
- Reconocimiento de créditos de Universidades españolas, de la Unión Europea y del resto de Universidades. Este procedimiento incluye el reconocimiento por experiencia laboral y profesional de Prácticas Externas o, en su defecto, asignaturas y el reconocimiento de títulos universitarios no oficiales (Títulos Propios).
- Reconocimiento automático de asignaturas en el ámbito de la ULPGC.
- Reconocimiento de asignaturas cursadas en Ciclos Superiores de Formación Profesional.
¿Se pueden reconocer créditos entre distintas enseñanzas oficiales de Grado?
Siempre que las enseñanzas de Grado a las que se pretende acceder pertenezcan a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento un número de créditos que sea al menos el 15 por 100 del total de los créditos del título, correspondientes a materias de formación básica de dicha rama, y siempre que el alumnado los hubiera superado en la titulación de origen. Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento de las enseñanzas de Grado a las que se pretende acceder.
El resto de las asignaturas podrán ser reconocidas teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos en otras materias o enseñanzas cursadas así como los previstos en el plan de estudios que tengan carácter transversal.
La solicitud de reconocimiento de créditos se presentará a través de la Sede Electrónica de la ULPGC.
¿Se pueden reconocer créditos procedentes de Ciclos Formativos de Grado Superior?
Sí. El reconocimiento de asignaturas superadas en un Ciclo Formativo de Grado Superior que tengan su correspondencia con asignaturas de la ULPGC, es aprobado en Consejo de Gobierno.
¿Se puede obtener reconocimiento por la experiencia laboral o profesional?
Si tienes experiencia laboral o profesional acreditada y relacionada con las competencias propias de las enseñanzas de Grado que estás cursando, puedes solicitar dicho reconocimiento, teniendo en cuenta la normativa específica de cada Centro y Titulación.
Los créditos reconocidos computarán a efectos de la obtención del título oficial, es decir, no tendrán calificación ni computarán a efectos de baremación del expediente académico.
La solicitud de reconocimiento de créditos se presentará a través de la Sede Electrónica de la ULPGC.
¿En qué momento se ha de solicitar el reconocimiento de créditos?
En general y, con la finalidad de que el alumnado tenga un trato igualitario y pueda integrarse desde el inicio en el curso académico, se ha de presentar la solicitud de reconocimiento de créditos en el plazo ordinario de matrícula de asignaturas del primer semestre.
a) Entre titulaciones de origen y destino de la ULPGC, el alumnado deberá cumplimentar un impreso que podrá actualizarse curso a curso, en las fechas que se determinen en las instrucciones anuales correspondientes. La solicitud de reconocimiento de créditos se presentará a través de la Sede Electrónica de la ULPGC.
b) Entre titulaciones de origen ajenas a la ULPGC y de destino a la ULPGC, el alumnado deberá aportar la documentación que se determine y que podrá ser actualizada para cada curso académico, siempre en la forma y fechas que se determinen en las instrucciones anuales correspondientes.
¿Es posible el reconocimiento de créditos en el Grado por la participación en actividades universitarias, culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación??
Sí. El alumnado de Grado podrá obtener por titulación 6 créditos ECTS por reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias de cooperación, solidarias, culturales, deportivas y de representación estudiantil, así como por otras actividades académicas complementarias y que estén previamente contempladas por la Universidad.
Únicamente se podrá tener en cuenta la participación del alumnado en los cursos o actividades universitarias que realice mientras curse las enseñanzas oficiales de Grado.
La solicitud de reconocimiento de créditos se presentará a través de la Sede Electrónica de la ULPGC.
¿Qué se entiende por transferencia de créditos?
Las asignaturas no reconocidas, podrán ser objeto de transferencia y no computarán a efectos de la obtención de títulos oficiales. Dichas asignaturas deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Que se hayan superado en títulos universitarios oficiales.
2. Que no hayan dado lugar a la obtención de un título oficial.
3. Que se haya denegado su reconocimiento conforme a la normativa propia de la ULPGC.
Las asignaturas transferidas no se reflejarán en las certificaciones de la titulación para la que no se obtuvo el reconocimiento.